Historia

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Si algo tiene el Valle de Roncal, y si algo le diferencia de otros valles o lugares, es su rica historia y el celo que los roncaleses han puesto a la hora de salvaguardarla y de transmitirla.

El incendio que en septiembre de 1427 arrasó la villa de Isaba se llevó consigo el archivo del valle, que se conservaba en la iglesia de esta villa fronteriza; con él se perdió una documentación importante que hoy nos hubiese ayudado a entender mucho mejor la historia de esta mancomunidad de pueblos.

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Sin embargo, frente a esas lagunas documentales que generó aquél incendio, han pervivido en el valle algunos signos y ceremonias (es el caso del escudo, del derecho de bardenaje, o el del Tributo de las Tres Vacas) que de alguna manera nos están diciendo que la transmisión oral, aunque sin papeles que lo documenten, avala con un alto índice de fiabilidad la historia legendaria de este valle.

Pese a ello, y sin apasionamiento alguno, esbozaremos aquí, resumidamente, haciendo un esfuerzo por ser fieles e imparciales, y siguiendo un orden cronológico, los rasgos más destacados que configuran la personalidad histórica del Valle de Roncal.

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1345. Contrato de la Unión

El 15 de junio de 1345 se firmó en Urzainqui el denominado Contrato de la Unión y Régimen de los Panificados. Se trata del primer documento que nos desvela la existencia de una mancomunidad o «unibersidad». Nos desvela el texto de este contrato que ya con anterioridad se reunían en junta general de forma habitual, y con periodicidad anual, los representantes de todas las villas roncalesas (delegados o comisionados) para tratar en común los problemas que afectaban al valle; quiere esto decir que, aunque de una manera mucho más rudimentaria que la que hoy conocemos, ya entonces existía una Junta del Valle de Roncal.

Es así como en ese año de 1345 se reunieron en Urzainqui un número aproximado de 50 representantes de todas las villas al tercer día de la Trinidad, es decir, el 15 de junio. De aquella junta salió el primer documento de arbitraje, algo así como las primeras ordenanzas del valle, o los primeros acuerdos escritos de convivencia. Era necesario buscar un acuerdo que permitiese convivir de forma equilibrada a actividades tan básicas como lo eran la ganadería y la agricultura, la primera como actividad principal de todos los vecinos, y la segunda derivada de la necesidad de alimentarse.

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Es por ello “que los unos dezian que sin panificados he bedado no fuessen los terminos que labor se fazian que aquellas labores e panes con que se abian a mantener en la vida presente, que los ganados les destruyan sus panes, tanto que los de quiheran como a la yglesia de sus diezmos e primicias”.

En el Archivo de la Junta del Valle se conserva una copia de 1582, la cual se hizo por encargo de la villa de Isaba. De la lectura de este encargo se deduce que el documento original se conservaba en el Archivo del Valle, que estaba en esa misma villa. Este hecho, sin ser vinculante, de alguna manera refuerza la hipótesis defendida por el historiador Florencio Idoate de que el Contrato de la Unión hay que situarlo en 1435, y no en 1345. Pudiera haberse dado un baile de números en alguna de las copias. No hay que olvidar que en 1427 se quemó la totalidad de los documentos existentes en este archivo.

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1607. Petición de Asiento en Cortes

Los documentos nos revelan que desde muy antiguo el Valle de Roncal solicitaba una y otra vez un puesto en las Cortes de Navarra. Entendía el Valle que su trayectoria histórica y los derechos adquiridos eran por sí sólos un buen aval para acceder a un asiento en las Cortes.

En 1607, una vez más, el Valle de Roncal pidió a la superioridad esta “gracia o merced”, pero le fue denegada, y además con argumentos bastantes despectivos, como asegurar que las villas del Roncal “son de poca consideración y calidad”, que no pasaban de cien vecinos cada una y que eran pobres.

Curiosamente otra de las razones de peso que argumentaba el fiscal para justificar su negativa era que los roncaleses hablaban vascuence.

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Además de esto, señalaba el fiscal que “no hay personas de partes y de buen hábito, para que puedan venir a hallarse en las Cortes, porque todos los vecinos de las dichas villas, sin exceptuar ninguno, andan vestidos de ‘roncal’ y sin capa y con abarcas. Y que este es un hábito muy indecente y sería cosa indigna, que personas con tal hábito tuviesen asiento en Cortes”.

Sin embargo, según explica y defiende Florencio Idoate en su obra La Comunidad del Valle de Roncal, la razón de más peso parece ser la de “no abrir brecha y sentar precedentes que pudieran animar a otros valles a hacer lo mismo, comenzando con los fronterizos, ya que nadie se cree con menos méritos y derechos que el vecino”, y por otra parte “había demasiadas personas con este derecho dentro del Reino, en perjuicio de las Cortes, ya que se alargaba la solución de los asuntos y se complicaban más las cosas”.

En 1785 le volvió a ser denegada a los roncaleses su solicitud de asiento en Cortes en base a similares argumentos.